Pago del art.43 Convenio 600/10

Cada Titular y/o Responsable Legal y/o Jurídico deberá retener a cada trabajador,bajo C.C.T. 600/10, Afiliado o no al Sindicato, la cantidad de $6000 (Pesos Seis Mil) a “todas las categorías” por Igual (si la jornada es reducida se le retendrá proporcional a la misma ) por única vez y la boleta de depósito deberá generarse desde el aplicativo que se encuentra en la siguiente página web: www.sconfiterossantafe.com.ar, para así dar cumplimiento al Articulo Nº 43 (Retención Convencional) de Nuestro Convenio Colectivo de Trabajo Nº 600/10, el cual claramente establece este procedimiento, este aporte debe realizarse entre los días 01 al 20 de Octubre de 2025. Los demás aportes convencionales Art 46º, 47º y 48º, los deberán seguir realizando regularmente.